• Convenio regulador

    Convenio regulador. El convenio regulador es un documento por el que ambos cónyuges pactan de mutuo acuerdo las relaciones económicas, así como las relativas a los hijos en los casos de Divorcio. Es obligatorio sólo cuando el divorcio es solicitado por mutuo acuerdo. Si necesita que redactemos el convenio, o en el caso de que hayan variado las circunstancias personales y quiera modificar uno ya existente, póngase en contacto con nuestro departamento de derecho de familia.
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    Modificación del contenido del Convenio

    Modificación del contenido del Convenio Las medidas que el Juez adopte en defecto de acuerdo, o las convenidas por los cónyuges, podrán ser modificadas judicialmente o por nuevo convenio cuando se alteren "sustancialmente" las circunstancias.
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    Incumplimiento del Convenio Regulador.

    Incumplimiento del Convenio Regulador. En caso de incumplimiento de las medidas recogidas en el Convenio se podrá obligar al cónyuge incumplidor a que las cumpla, mediante el procedimiento de ejecución establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil.
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    La Ratificación del Convenio Regulador

    La Ratificación del Convenio Regulador Si en un proceso de mutuo acuerdo, tras la citación a los cónyuges para ratificar judicialmente el convenio, uno de ellos no lo ratifica, se acordará el inmediato archivo de las actuaciones, sin ulterior recurso. Deberá promoverse un proceso contencioso.
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    ¿Cuál es el Contenido del Convenio regulador?

    ¿Cuál es el Contenido del Convenio regulador? El Convenio debe aportase junto con la demanda y es obligatorio cuando la separación o el divorcio es solicitado por ambos cónyuges de mutuo acuerdo o por uno con el consentimiento del otro.
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    Aprobación judicialmente del convenio regulador

    Aprobación judicialmente del convenio regulador El Convenio Regulador necesita aprobación judicial, para su validez. En caso contrario, tan sólo se reconoce su validez respecto de cuestiones sobre las cuales las partes tienen poder de disposición, como por ejemplo las de carácter patrimonial-económico
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